El pasado 5 de julio se presentaron los resultados del primer estudio sobre el estado de la transformación digital del sistema agroalimentario español, realizado por el Observatorio de Digitalización del Sector Agroalimentario y del Medio Rural, un organismo dependiente del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación cuyo objetivo es llevar a cabo un adecuado seguimiento de las políticas públicas en materia de digitalización del sector.
El estudio se ha realizado a partir de una encuesta realizada en 2022 a más de 3.600 agricultores, ganaderos y operadores de la industria alimentaria, y aporta información relevante sobre la situación del sector en relación con las competencias digitales, el grado de penetración de las nuevas tecnologías, las barreras y oportunidades que se perciben para su adopción, el estado de conectividad en su entorno, sus preferencias de formación y asesoramiento, y el conocimiento y demanda de los marcos de ayuda públicos.
Los resultados del estudio muestran que las competencias digitales de los agentes del sector agroalimentario se encuentran por encima de la media de la población española. El informe también señala que el cuaderno digital ya lo utilizan más del 53% de los encuestados y destaca el dinamismo mostrado por las empresas de la industria agroalimentaria de tamaño medio en la utilización de tecnologías de alto impacto.
Obligatoriedad del cuaderno digital
El Real Decreto-ley 4/2023 establecía la obligatoriedad para todos los agricultores de utilizar Cuaderno digital de Explotación Agrícola, en unos plazos progresivos en función del tamaño de la explotación y el tipo de información a cumplimentar.
Los plazos de entrada en vigor inicialmente previstos se han retrasado ya en alguna ocasión y, a fecha de hoy, las obligaciones de realizar anotaciones en el cuaderno digital se han establecido para el 1 de enero de 2024 en las explotaciones grandes y para el 1 de enero de 2025 en las explotaciones pequeñas, según una nota informativa emitida por el Ministerio el 5 de junio de 2023.
Únicamente en casos muy puntuales donde dichas anotaciones sean relevantes para comprobar el cumplimiento de determinados ayudas de la PAC de la campaña 2024 o 2025, dichas obligaciones se adelantan al 1 de septiembre de 2023 y al 1 de septiembre de 2024 respectivamente.




