El Parlamento Europeo aprobó ayer la adopción de nuevas normas para facilitar el acceso a nuevas variedades vegetales resistentes al clima y a las plagas mediante nuevas técnicas genómicas (NTG). Desde el organismo explican que esta legislación “da un giro hacia la regulación de las plantas en función de su composición genética final y no de cómo se han obtenido”.
Las plantas modificadas con NTG se dividirán en dos categorías, cada una con obligaciones jurídicas diferentes.
- NTG de categoría 1: corresponde a plantas con un número limitado de modificaciones y que, además, podrían haberse producido mediante mejora vegetal convencional. Una vez verificado que cumplen los criterios para obtener el estatus de NTG de categoría 1, se les tratará como a las plantas convencionales. A petición del Parlamento, los vegetales diseñados para tolerar herbicidas o producir sustancias insecticidas no podrán considerarse NTG de categoría 1.
- NTG de categoría 2: esta categoría es para plantas que han sufrido modificaciones genéticas más extensas o complejas. Están sujetas a la estricta normativa vigente en materia de OMG y deberán someterse a un proceso de evaluación de riesgos, además de obtener autorización para poder comercializarse en la UE. Las normas se aplicarán tanto a las plantas originarias de Europa como a las importadas. En los mercados de fuera de la UE ya hay disponibles, con avanzada fase de desarrollo, productos elaborados a partir de vegetales obtenidos con NTG, trigo con bajo contenido en gluten, patatas resistentes a las plagas y maíz que soporta la sequía.
Tanto la trazabilidad como el etiquetado seguirán siendo obligatorios para las plantas NTG de categoría 2. Asimismo, los países de la UE podrán restringir o prohibir su cultivo en su territorio, aunque esté autorizado en la Unión Europea. Las variedades vegetales que contengan o se deriven de una planta NTG de categoría 1 deberán incluirse en una base de datos pública de la UE. Asimismo, todas las bolsas de semillas y el material de reproducción deberán etiquetarse como «NTG de categoría 1».
Para orientar el uso de las NTG hacia el desarrollo de plantas más sostenibles (por ejemplo, con mayor resistencia al clima y a las plagas), la normativa establece la obligación de supervisar el impacto de los cultivos obtenidos mediante NTG en la sostenibilidad. No se permitirá usar NTG en la producción ecológica, pero la presencia técnicamente inevitable de plantas obtenidas con NTG de categoría 1 no constituiría un incumplimiento de la normativa. La Comisión evaluará si este reglamento genera cargas administrativas, económicas o prácticas para los operadores ecológicos, incluidas cuestiones relacionadas con su propia percepción y la de los consumidores.
La nueva norma señala que las NTG se podrán patentar, salvo en el caso de aquellos rasgos o secuencias que se produzcan en la naturaleza o por medios biológicos. El reglamento entrará en vigor veinte días después de su publicación en el Diario Oficial de la UE y se empezará a aplicar dos años después.
FEPEX aplaude el nuevo marco regulatorio
Desde FEPEX consideran que la actualización del marco regulatorio «era una necesidad largamente esperada para adaptar la legislación al progreso científico y facilitar el acceso a herramientas que ya utilizan productores y obtentores de otros países competidores».
Esta técnicas, para FEPEX, «ofrecen nuevas oportunidades para el desarrollo de flores, plantas ornamentales y material vegetal más adaptados a las exigencias del mercado y a las nuevas condiciones ambientales».




