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El Real Decreto 1505/2012 establece medidas para compensar los daños por lluvias y catástrofes naturales de septiembre y octubre

Incluye las zonas productoras de frutas y hortalizas

05/11/2012 Autor: Fepex

  

 

El Real Decreto 1505/2012 publicado el viernes 2 de noviembre, ha ampliado el ámbito territorial de aplicación del Real Decreto-ley 25/2012, de 7 de septiembre, por el que se aprobaron medidas urgentes para paliar los daños producidos por los incendios forestales y otras catástrofes naturales ocurridos en varias comunidades autónomas.

 

El Real Decreto del 2 de noviembre incluye las zonas productoras de frutas y hortalizas perjudicadas por las lluvias torrenciales y otros fenómenos naturales ocurridos durante los últimos días del mes del pasado mes de septiembre y primeros días del mes de octubre. 

 

Estas lluvias afectaron principalmente a municipios y núcleos de población de Andalucía, Región de Murcia y Comunitat Valenciana. Posteriormente, han acaecido nuevos fenómenos meteorológicos adversos equiparables en Aragón y Navarra que también se incluyen en el Real Decreto.

 

El Real Decreto 1505/2012 establece que estas zonas podrán solicitar las ayudas previstas en el articulo 5 del Real Decreto-ley 25/2012, de 7 de septiembre y que se refiere a ayudas por daños causados en producciones agrícolas y ganaderas. Este artículo establece que será necesario que los titulares de las explotaciones agrícolas afectadas hayan sufrido pérdidas superiores al 30 por 100 de su producción y daños no cubiertos por el sistema de seguros agrarios combinados, con pólizas en vigor.