Para su información se remite nota de la Tesorería General de la Seguridad Social, remitida por CEOE, relativa a la cotización que debe realizarse a la Seguridad Social respecto de trabajadores incluidos en el Sistema Especial Agrario de Trabajadores por Cuenta Ajena dentro delRégimen General de la Seguridad Social con un contrato de trabajo por tiempo indefinido y a jornada completa que acceden a una situación de jubilación parcial compatibilizando el percibo de dicha pensión con un contrato de trabajo a tiempo parcial, debiendo cotizar a la Seguridad Social únicamente por la parte de jornada efectivamente realizada en virtud de su contrato a tiempo parcial.