La nueva Orden INT/317/2020, de 3 de abril, establece los requisitos aprobados por la Dirección General de Tráfico para que los agricultores y ganaderos puedan trabajar rápidamente con sus nuevos vehículos agrícolas sin tener que esperar a la tramitación de la matriculación ordinaria al no poder realizar algún procedimiento administrativo.
Esta información se ha transmitido al Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA) del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y a la Dirección General de Tráfico (DGT), y ambos organismos han mostrado su apoyo total a los agricultores y ganaderos, resaltando la importancia del trabajo que realizan y declarando que no se puede detener actualmente por un
retraso en un proceso administrativo.
De esta forma han aprobado la orden que establece durante el procedimiento de matriculación ordinaria y de cambio de titular, y del registro en el ROMA, la sustitución de ciertos documentos por una declaración responsable en la que se certifique que el vehículo cumple todos los requisitos técnicos que le permitirán obtener toda la documentación necesaria en el proceso de registro agronómico y matriculación para entregarla hasta un mes después del término del estado de alarma, y así poder trabajar con el vehículo agrícola adquirido sin sufrir posibles retrasos administrativos.
ANSEMAT, Asociación Nacional de maquinaría agropecuaria, forestal y de espacios verdes, informa asimismo que el trabajo de todo el personal del ROMA y la DGT ha permitido que se haya ido restituyendo paulatinamente la actividad mediante procedimientos telemáticos en toda la geografía española, por lo que recomienda que se realicen todos los trámites que es posible realizar para matricular los vehículos agrícolas, acudiendo a esta alternativa sólo en aquellos casos en los que no sea posible finalizar el procedimiento administrativo a tiempo.




