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El Senado aprueba una enmienda que permitirá que el IVA de flores y plantas ornamentales vuelva al tipo reducido

Las flores, las plantas vivas de carácter ornamental, así como las semillas, bulbos y esquejes y otros productos de origen exclusivamente vegetal susceptibles de ser utilizados en su obtención

17/11/2014 Autor: Fepex

  

El Senado ha aprobado una enmienda transaccional consensuada por todos los partidos políticos, para que se aplique de nuevo en el sector de flores y plantas vivas el tipo reducido de IVA, lo que es valorado muy positivamente por FEPEX.

 

Con la enmienda, aprobada, ayer, en el Senado, y que debe ser ratificada por el pleno del Congreso de los Diputados, el IVA  aplicado a flores y plantas vivas pasará del tipo general del 21%, al que se subió con la reforma del IVA de julio de 2012, al tipo reducido del 10%. Antes de la reforma, las flores y plantas vivas tributaban al 8%. La enmienda transaccional establece que pasarán a tributar al 10%, “las flores, las plantas vivas de carácter ornamental, así como las semillas, bulbos y esquejes y otros productos de origen exclusivamente vegetal susceptibles de ser utilizados en su obtención”.

 

FEPEX había reiterado tanto al Ministerio de Agricultura, como al Ministerio de Hacienda y a los partidos políticos, la necesidad imperiosa de volver a aplicar el tipo de reducido de IVA en el sector de flor y planta ornamental para poder mantener la competitividad de este sector, que sufre, desde el inicio de la crisis, una dramática reducción del consumo privado y una fuerte reducción de la demanda de las administraciones públicas para parques y obras públicas. Además, FEPEX había manifestado que el tipo reducido se está aplicando en los principales países productores y consumidores de la UE, como Alemania, Francia, Holanda y Bélgica.

 

FEPEX ha llevado a cabo múltiples acciones ante el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Hacienda y los partidos políticos, transmitiendo la necesidad imperiosa de volver a aplicar el tipo de reducido de IVA en el sector de flor y planta ornamental por el  perjuicio ocasionado a este sector agrario y lo ha justificado por varias razones:

·         La modificación del tipo impositivo en España implica una actuación opuesta a la política aplicada en los principales países productores y consumidores de la UE en el marco de la política comunitaria. El tipo reducido se está aplicando en los principales países productores y consumidores de la UE, como Alemania, Francia, Holanda y Bélgica.

·         La modificación del tipo impositivo en España implica obviar la naturaleza agraria de las plantas vivas (ornamentales, árboles, aromáticas, frutales, etcétera) y productos de la floricultura.

·         El sector de la horticultura ornamental ha sido el sector agrario español más afectado por la crisis económica con una caía brusca del consumo interno y una fuerte reducción de la demanda de las administraciones públicas para parques y para obras públicas.

·         La modificación del tipo impositivo de IVA ha provocado también una disminución de las exportaciones españolas de plantas ornamentales debido al exceso de oferta derivado de la caída del consumo interior.

·         El elevado número de pequeños operadores (floristerías y puestos de mercado) que se encuentran sujetos al sistema especial del régimen de equivalencia del IVA está provocando una competencia desleal entre los proveedores de flores y plantas.

 

FEPEX valora muy positivamente la aprobación de esta enmienda y agradece también la colaboración del Ministerio de Agricultura, que ha asumido estas justificaciones y que han constituido la base argumental para el consenso de la enmienda entre los partidos políticos.

 

 

 

La enmienda aprobada por el Senado debe ser ratificada en el Congreso de los Diputados, puesto que el conjunto de la reforma fiscal en la que se ha incluido, debe volver ahora a la Cámara Baja para completar la tramitación parlamentaria, previendo que entre en vigor el  1 de enero de 2015.