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El Gobierno prohíbe la venta de tractores de más de 40 años sin estructura de protección homologada

El Real Decreto sí permite el cambio de titularidad de estos vehículos antiguos cuando se trate de una herencia
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El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establece la normativa para caracterizar la maquinaria agrícola y regular las condiciones básicas para su inscripción en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA). Desde el Gobierno señalan que el objetivo de esta medida es “fomentar la seguridad, el respeto medioambiental y la transparencia”.

Una de las medidas más destacadas es que se prohíbe el cambio de titularidad de los tractores de más de 40 años sin estructura de protección homologada, si bien quedan exentos los vehículos que cambien de propietario por una herencia. El Ejecutivo apunta que esta medida está “destinada a reducir los accidentes que se producen en la agricultura”. Esta decisión está alineada con las últimas actuaciones en este sentido, dado que cabe recordar que el Gobierno viene realizando una campaña, a través del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, para potenciar el uso del cinturón en el tractor y el uso de sistemas de protección contra vuelcos.

En el Registro Oficial se inscriben determinadas máquinas dedicadas a la actividad agraria, para contar con un censo detallado, una base de datos que sirve al ministerio y las autonomías para la toma de decisiones sobre líneas de ayudas para la modernización del parque de maquinaria. Desde el ministerio señalan que la nueva norma busca reflejar “con mayor precisión” este parque de maquinaria en España, para que  las administraciones autonómicas, previa notificación al propietario, den de baja las máquinas que no estén en uso, ya que, señalan las fuentes, muchos titulares no dan de baja la máquina aun cuando ya ha sido “achatarrada”.

Desde el ministerio apuntan que también por motivos de seguridad y para evitar la incorporación a la agricultura española de maquinaria que produzca altos niveles de contaminación, se prohíbe la inscripción en el ROMA de tractores y máquinas automotrices procedentes de otros países, que no tengan estructura de protección homologada, o cuya fecha de puesta en servicio en el país de origen sea anterior a la fecha de entrada en vigor de la normativa europea de emisiones de gases y partículas contaminantes (Fase I de emisiones).

En el Real Decreto también se introducen las bases para crear una marca de calidad voluntaria para las máquinas agrícolas, basada en distintos ensayos, que caracterizará a las mismas en función de sus prestaciones, eficiencia agronómica y protección ambiental. El objetivo de esta marca de calidad será “potenciar la publicidad y el uso de las máquinas que sean más eficientes desde un punto de vista agronómico y energético”, indican las mismas fuentes. También tiene como finalidad fomentar la introducción en la agricultura española de equipos que “permitan un uso más racional de los medios de producción, beneficiando al medio ambiente y ahorrando costes a los agricultores, que podrán tomar decisiones basadas en los resultados de ensayos comparativos, avalados por el ministerio”.

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