NORMATIVA
El 16 de julio de este año entrará en vigor el nuevo reglamento 2019/1009 sobre la venta en el mercado de productos fertilizantes en la UE que modifica la norma que hasta entonces estaba en vigor desde 2003. La armonización de las normas estatales a la comunitaria es voluntaria.
La antigua normativa, según señala el Gobierno de España, «se convirtió en una herramienta útil y muy valorada, tanto por los productores de abonos como por los agricultores» y destaca que «una de las ventajas de la existencia de una lista positiva de tipos es que facilita poner requisitos específicos, o incluso prohibir determinados producto».
Sin embargo, las mismas fuentes explican que «existe el temor entre fabricantes y usuarios de que la derogación del Reglamento 2003/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de octubre de 2003, pueda provocar una cierta confusión en el mercado nacional, e incluso impedir la comercialización de algunos productos fertilizantes que han demostrado su eficacia en las condiciones agrícolas españolas y que, en consecuencia, son demandados por los usuarios». Es por ello que el a petición del Ministerio de Agricultura se ha publicado en el BOE una modificación de la normativa estatal para establecer la posibilidad de seguir comercializando los productos fertilizantes del anexo I del Reglamento 2003/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de octubre de 2003.