ESPAÑA
Los ministros Agricultura, Pesca y Alimentación, y Sanidad, Luis Planas y Carolina Darias, respectivamente, mantuvieron ayer una reunión de trabajo, por videoconferencia, con consejeros y consejeras de las comunidades autónomas para revisar y actualizar las medidas a adoptar en relación al COVID-19 en campañas agrícolas 2021, recogidas en la Guía elaborada hace unos meses para tal fin.
Desde que comenzó el seguimiento de brotes, en junio de 2020, hasta el 25 de abril de 2021 (últimos datos disponibles), se han comunicado 5.843 brotes y 48.219 casos asociados al ámbito laboral, de los que 725 brotes con 15.004 casos se han vinculado a trabajadores del sector agrícola. Es decir, que el 12,4 % de los brotes del ámbito laboral y el 31 % de los casos se han producido en el sector agrario.
En agosto de 2020 se publicó la Guía para la prevención y control de la COVID-19 en las explotaciones agrícolas, coordinada por la Dirección de Salud Pública del Ministerio de Sanidad y que se ha redactado con la participación de los Ministerios de Trabajo y Economía Social y de Agricultura, Pesca y Alimentación, y también de seis sociedades científicas. La guía se compone de una selección no exhaustiva de recomendaciones y medidas de contención para garantizar la protección de la salud de las personas trabajadoras frente a la exposición al coronavirus SARS-CoV-2 en las explotaciones agrícolas, divididas en varios epígrafes:
Respecto a cómo organizar el trabajo, las medidas recomendadas hablan, entre otras, de los accesos a las explotaciones, la colocación de carteles informativos, la evaluación de trabajadores sensibles a la infección por coronavirus, la planificación de las labores para que se pueda mantener la distancia de seguridad –o las alternativas de protección adecuadas si no se puede-, así como el uso de equipos de protección individual, la recomendación de escalonar horarios de entrada y salida y la de evitar el acceso de personal ajeno a la empresa.
La Guía hace referencia específica a los trabajos en el campo, con recomendaciones ya recogidas en los puntos anteriores, pero adaptadas a ese tipo de trabajo concreto. Como ejemplo, se recomienda que los trabajadores acudan con ropa de trabajo desde sus domicilios o dotar a los mismos de equipos de protección individual, entre otros.
Otro punto de la guía hace hincapié en las obligaciones por parte del empresario a la hora de colaborar con la inspección de trabajo y seguridad social. Los inspectores de trabajo vigilarán y requerirán el cumplimiento por parte del empresario de las medidas de salud pública en los centros de trabajo y el empresario debe colaborar.